lunes, 9 de febrero de 2015

MECANISMOS DEPARTICIPACION CIUDADANA Y DE PROTECCION DE LOS DERECHOS
 
-EL VOTO: El voto sirve participar en la elección de presidente, Representante, gobernación, alcaldía, el congreso ETC. Pero los únicos que deben participar en el voto son los mayores de 18' años, ninguna otra persona menor de 18´años puede votar.

 
 
 
-EL REFEREDO: Es donde los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a pronunciarse ah favor o en contra de una norma.
 
 
-EL PLEBISCITO: Es el pronunciamiento por el convocado del presidente de la republica por el que apoya o rechaza la decisión de un ejecutivo. acabo del referendo y plebiscito no se lleva a cabo una norma. sino para aprobar o desaprobar una decisión del ejecutivo.


 
 
-LA CONSULTA POPULAR: Ya después de haber cumplido todos los requisitos establecidos por el estatuto de seguridad territorial, los gobernados o alcaldes pueden acudir al pueblo.
 
° El derecho de petición
° Peticiones de información

° Quejas
° Reclamos
° Manifestaciones
° Habeas corpus
° Habeas data
° Acción de tutela
° Acción de cumplimiento
° Acciones populares y de grupo


-CABILDO ABIERTO: Es la reunión publica de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en el cual los participantes pueden participar, directamente, con el de discutir asuntos de interés para la comunidad.

-ÉL DERECHO DE PETICION: Es el derecho fundamental que tiene toda persona
para poder solicitar solicitudes respetuosas en términos comedios antes las autoridades. La violación del derecho por partes de las autoridades o particulares prestadores de servicios públicos, puede conducir a que este derecho tutelado.
 
-SOLUCITUD DE PETICION DE INFORMACIO: Es para que las autoridades den a conocer como han actuado en un caso concreto, entreguen información general sobre entidad, expidan copias y permitan el examen de la documentación que reposa la identidad en un termino no mayo de (10) Días hábiles.

-PETICIONES DE INTERES PARTICULAR O GENERAL: Es cuando se llega a las autoridades solicitudes sobre materias sometidas a actuación administrativa, con el fin de que se tomen las medidas pertinentes, sean estas de carácter individual o colectivo.

-CONSULTAS: Es la petición que se presenta a las autoridades para que presenten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones y competencias. Deben ser resueltas dentro de los (30) Días hábiles.

 


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